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Ayudas a nuevos autónomos en España: La guía definitiva

¡Qué complicado esto de emprender! Para empezar, necesitas una buena idea de negocio. Pero si ya has superado esta fase y tienes claro a qué te vas a dedicar, aún te quedan muchos desafíos por enfrentar. Y uno de ellos es el financiero. Seguro que llegados a este punto te has hecho la pregunta que todos nos hacemos: ¿qué ayudas hay para nuevos autónomos?

Lo cierto es que tanto el Gobierno de España, como el de las distintas Comunidades Autónomas, ofrece subvenciones que pueden venirte como anillo al dedo. Aunque hay muchas, no a todas te vas a poder postular. Y el mayor problema es que la mayoría parecen complicadas de entender. Por eso he preparado esta guía de ayudas a nuevos autónomos en España para ti, con la que vas a tenerlo todo mucho más claro. 

Sobre cada una de las ayudas disponibles te voy a explicar de qué trata, quiénes pueden solicitar la ayuda, cuáles son los requisitos a cumplir y cuáles son las cuantías que se ofrecen. Todo muy sencillo, para que te vayas de aquí conociendo bien tus opciones. ¿Empezamos?

Ayudas del Estado para nuevos autónomos

Vamos a comenzar con las ayudas estatales. A estas se puede acceder desde cualquier Comunidad Autónoma de España, siempre que se cumplan sus requisitos. Más adelante, hablaremos de prestaciones autonómicas.

Ojo, tal y como establece la ley de subvenciones, en la mayoría de casos solicitar estas ayudas para los nuevos autónomos implica un compromiso de mantener la actividad subvencionada y el alta en la Seguridad Social durante al menos tres años. 

Tarifa plana para nuevos autónomos

Una de las cosas que más preocupa a los nuevos autónomos es todo lo relacionado con la cuota de la Seguridad Social. Si todavía no tienes beneficios, cómo vas a asumir este pago mensual.

Por suerte, hay una ayuda para autónomos que puede solucionar este problema hasta que tu negocio despegue. 

De qué se trata

La tarifa plana para nuevos autónomos consiste en una ayuda que reduce la cuota de la Seguridad Social a 80 € al mes durante el primer año. Esta medida está aprobada para el periodo de 2023 a 2025. Cualquier emprendedor que curse su alta como nuevo autónomo en ese espacio de tiempo, tiene derecho a solicitarla. 

Además, esta bonificación en la cuota de autónomo puede prolongarse en uno de los siguientes casos: 

  • Tus ingresos no superan el SMI (Salario Mínimo Interprofesional). En este caso, puedes solicitar una prórroga de otros 12 meses con la tarifa reducida. 
  • Discapacidad igual o superior al 33%. Para quienes cumplan este requisito, la reducción dura 24 meses, en lugar de 12. También se aplica a víctimas de violencia de género o de terrorismo. 

En caso de que, pasados estos dos primeros años con la cuota bonificada, siguieras sin alcanzar ingresos superiores al SMI, tienes derecho a una prórroga parcial de la reducción. En este caso, pagarás 160 € durante 36 meses. 

Beneficiarios

Emprendedores que cursen alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en el periodo 2023-2025. Se debe solicitar durante la tramitación de la misma.  

Requisitos

Para solicitar esta ayuda: 

  • No debes haber estado de alta como autónomos en los dos años anteriores a la fecha de efecto de la nueva alta. En caso de que te hubieras beneficiado de una ayuda similar en tu primer periodo como trabajador por cuenta propia, este se amplía a tres años. 
  • No puedes ser un autónomo colaborador. 
  • No debes tener deudas pendientes con la Seguridad Social ni con Hacienda. 

Subvención por establecimiento de un nuevo autónomo: hasta 7.500 €

Esta subvención es, probablemente, de las más interesantes a nivel estatal. La cuantía de la ayuda varía en función de la comunidad autónoma y el grado de dificultad de acceso al empleo que se considere teniendo en cuenta tu perfil. 

De qué se trata

Es una ayuda con un importe de entre 2.000 € y 7.500 € para nuevos autónomos que se encuentren en situación de desempleo, dados de alta como demandantes de empleo. 

Beneficiarios

Pueden solicitarla aquellas personas que se den de alta como autónomos procediendo de una situación de desempleo. Para poder acceder a ella, debía estar registrado como demandante de empleo antes de iniciar tu actividad profesional. 

Requisitos

Los requisitos para esta ayuda a primeros autónomos son los siguientes: 

  • Estar desempleado. 
  • Tener menos de 30 años. 
  • No haber estado dado de alta como autónomo en los últimos tres años. 

Cuantía

La cuantía de la subvención dependerá de la Comunidad Autónoma y el grado de dificultad que se haya designado para el perfil del solicitante. 

Por ejemplo, en el caso de las mujeres, la cuantía máxima de 7.500 € podría aumentar en 500 €. La administración pública competente puede determinar cualquier otra prioridad para establecer el total de la ayuda. 

Subvención financiera

Aunque este nombre es más breve y sencillo de recordar, la denominación oficial de esta ayuda es: Subvención para financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de la empresa. 

Vamos a ver en qué consiste. 

De qué se trata

Esta subvención cuenta con dos modalidades

  • Ayuda financiera: si pides un préstamo destinado a financiar las inversiones de tu empresa, te ofrecen una reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito que haya concedido el préstamo. En este caso, la subvención se abona según la fórmula que establezcan las bases reguladoras de las administraciones públicas competentes. 
  • Ayuda directa: se trata de una inversión directa destinada a la creación y puesta en marcha de una empresa. Tiene un límite del 50 % del coste de adquisición. 

Beneficiarios 

Cualquier persona que se constituya como trabajador autónomo o por cuenta propia puede optar a alguna de estas ayudas. 

Requisitos

Las inversiones deben estar destinadas al inmovilizado fijo. Es decir, todos aquellos elementos físicos que necesita tu empresa para realizar su actividad. Por ejemplo, edificios, terrenos, maquinaria, transporte, etc. 

Además, al recibirla asumes un compromiso de permanencia de 3 años como autónomo. 

Cuantías

En ambos casos, la cuantía máxima de referencia es de 9.000 €. 

Subvención para formación

La formación es un asunto de máxima importancia en cualquier actividad laboral, en especial si buscas diferenciarte de la competencia y ofrecer un mejor servicio a tus clientes. 

Por eso esta ayuda para trabajadores autónomos resulta tan interesante. 

De qué se trata

Esta subvención busca garantizar la financiación parcial de cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial o nuevas tecnologías de la información y comunicación. La intención es cubrir las necesidades de formación de un nuevo autónomo durante la puesta en marcha de su empresa.

Beneficiarios 

Pueden solicitarla nuevos autónomos que necesiten financiar su formación laboral en los ámbitos mencionados. 

Requisitos

Los requisitos pueden variar de una Comunidad Autónoma a otra. En cualquier caso, se deberán cumplir las condiciones implícitas. Es decir, requerir formación en los ámbitos mencionados durante la creación de una empresa. 

Cuantías

La cuantía será de hasta el 75% del coste de la formación, con un máximo de 2.400 €.

Subvención para asistencia técnica

Seguimos con esta subvención para nuevos autónomos que te puede resultar interesante si necesitas contratar servicios externos para poner en marcha tu empresa. 

De qué se trata

Esta ayuda consiste en la financiación parcial de la contratación de los servicios externos que puedan ser necesarios, durante la puesta en marcha de una empresa, para mejorar el desarrollo de la misma. 

Se incluyen en estos servicios la realización de estudios de viabilidad, organización, diagnóstico, comercialización u otros similares. 

Beneficiarios 

Pueden solicitarla nuevos autónomos durante el proceso de puesta en marcha de su empresa, siempre y cuando requieran de financiación para la contratación de servicios externos. 

Requisitos

Aunque las condiciones pueden cambiar de una Comunidad Autónoma a otra, los requisitos de esta subvención son, en términos generales, los siguientes: 

  • Cumplir con carácter previo a la solicitud los requisitos generales señalados. 
  • Los servicios de asistencia técnica deberán ser prestados por trabajadores autónomos con carácter intersectorial y con suficiente implantación en el ámbito de la Comunidad Autónoma en la que residas o personas jurídicas especializadas que reúnan garantías de solvencia profesional. 
  • La subvención solo cubrirá los servicios que haya recibido la persona beneficiaria durante un plazo comprendido entre los tres meses anteriores al inicio de la actividad y los seis meses posteriores a dicho comienzo. 
  • No se admiten pagos en efectivo. 

Cuantías

La cuantía será de hasta el 75% del coste de los servicios prestados, con un máximo de 2.000 €.

Subvención por adaptación del puesto de trabajo

Si, además de un nuevo autónomo, vienes de una situación de desempleo y tienes un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, esta subvención te puede interesar. 

De qué se trata

Esta subvención consiste en la financiación para la adaptación o inclusión de medidas de accesibilidad, cognitivas y de comunicación. Están incluidos todos los servicios necesarios para eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo, así como cualquier medio de protección para evitar riesgos laborales.

Beneficiarios 

Pueden solicitar esta ayuda nuevos autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Requisitos

Para poder solicitar esta ayuda debes cumplir tres requisitos

  • Iniciar tu alta como trabajador por cuenta propia desde una situación de desempleo. 
  • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Requerir de algún tipo de adaptación para poder desempeñar tu puesto de trabajo en condiciones seguras. 

Cuantías

La cuantía establecida para esta ayuda es de 1.800 €. En ningún caso, el total debe rebasar el coste real que se justifique por la adaptación, dotación o eliminación de cualquier impedimento. 

Capitalización del paro

Si estás cobrando el paro por cese total y definitivo de una relación laboral y quieres emprender, esta ayuda puede interesarte. 

De qué se trata

Se trata de una medida que busca fomentar y facilitar las iniciativas de empleo autónomo entre personas desempleadas. Consiste en el abono total del valor actual del importe de la prestación por desempleo que reste por percibir a quienes pretendan iniciar una actividad laboral por cuenta propia.

Beneficiarios

Podrán beneficiarse de esta ayuda aquellas personas que estén percibiendo la prestación por desempleo y que pretendan: 

  • Incorporarse de forma estable como socio trabajador en cooperativas o sociedades laborales ya constituidas o  por constituir. 
  • Desarrollar una actividad como persona trabajadora autónoma. No se incluyen quienes se den de alta como trabajadores autónomos económicamente independientes, firmando un contrato con una empresa con la que se hubiera mantenido una relación contractual previa a la situación de desempleo. 
  • Destinar el importe recibido a realizar una aportación de capital social de una entidad mercantil de nueva creación o creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación. El beneficiario deberá tener control total del capital, ejercer una actividad profesional en dicha entidad y se debe producir un alta en la Seguridad Social en RETA o RETM. 

Requisitos 

Ya sabes quiénes pueden solicitarla, pero aún queda una larga lista de requisitos a tener en cuenta para poder pedir esta ayuda para nuevos autónomos. Vamos a verla. 

  • Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo por cese total y definitivo de una relación laboral. 
  • Tener pendiente de recibir, a fecha de la solicitud, al menos tres mensualidades. 
  • En caso de prestación por cese de actividad, deberás tener al menos seis mensualidades pendientes. 
  • No haber cobrado el pago único en los cuatro años inmediatamente anteriores, en ninguna de sus modalidades. 
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único, y siempre en fecha posterior a la solicitud. 
  • Si has compatibilizado la prestación de desempleo con el trabajo por cuenta propia en los 24 meses anteriores, no tendrás derecho a obtener el pago único. 
  • Si la cooperativa prevé en los estatutos la posibilidad de que los socios o socias tengan un periodo de prueba, tendrás que haberlo superado.

Cuantía

La base reguladora y el destino del pago único varían en función de la actividad que pretendas realizar (y de cuánto se cobra de paro en tu situación). Puedes consultar más información a través de este enlace

Capitalización de la prestación de desempleo para la adquisición de la condición de sociedad laboral

El título es largo, pero explica bastante bien de lo que vamos a hablar. Si toda esta jerga no encaja con lo que estás buscando, pasa al siguiente punto. 

De qué se trata

La capitalización del paro consiste en solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) el pago del importe completo de tu prestación por desempleo para poder utilizarlo como capital inicial en tu emprendimiento. 

Beneficiarios 

Nuevos autónomos que hayan estado trabajando para una sociedad mercantil que haya entrado en concurso y que deseen adquirir las acciones de la empresa, para transformarla en una sociedad cooperativa o laboral. 

Para poder ser beneficiario, se deben cumplir estas condiciones: 

  • Trabajar mediante contrato de trabajo indefinido en una sociedad mercantil. No se tendrá en cuenta la antigüedad en la empresa. Tampoco habrá distinción entre contrato a tiempo completo, parcial o fijo discontinuo. 
  • Que dicha sociedad mercantil para la que trabaja se haya declarado en concurso, y que las personas trabajadoras de la misma pretendan adquirir las acciones o participaciones. Se debe haber presentado al juez una propuesta vinculante de adquisición de la empresa mediante su transformación en sociedad cooperativa o laboral, y debe estar aprobada. 
  • Que la adquisición de acciones o participaciones sociales por parte de la persona trabajadora reúna las condiciones legalmente necesarias para adquirir la condición de sociedad laboral o transformarse en cooperativa. 

Requisitos

Para poder solicitar la capitalización del paro, debes cumplir estos requisitos:  

  • Estar en situación de alta como persona trabajadora en la Seguridad Social. 
  • Tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 360 días, dentro de los seis años anteriores a la fecha de solicitud. 
  • No haber cumplido la edad ordinaria para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación. Se excluyen de este caso a quienes no tienen periodo de cotización suficiente para disfrutarla. 
  • Suscribir el acuerdo de actividad incluido en la solicitud de la prestación. 

Cuantías

La base reguladora de esta ayuda será el promedio de la base por la que se haya cotizado a desempleo durante los últimos ciento ochenta días anteriores a la fecha de la solicitud. 

La prestación se abonará como pago único y se calcula en días completos. 

Ayuda para nuevos autónomos artistas

El 10 de enero de 2023 entró en vigor una nueva ley que busca proteger al sector cultural y artístico. La misma, además de regular una prestación especial de desempleo para artistas, beneficia a los autónomos que se dediquen a actividades culturales. 

Según la misma, los autónomos de bajos ingresos (iguales o inferiores a 3.000 € al año) podrán solicitar una cotización reducida de 526,14 €. Es decir, pagarán una cuota de autónomos de 161 €. 

Además, quienes realicen su actividad profesional desde Ceuta o Melilla tendrán una bonificación del 50% sobre la cuota. 

Ayudas a nuevos autónomos por Comunidades Autónomas

Seguimos con las ayudas a primeros autónomos. Esta vez no son subvenciones estatales, sino autonómicas. Y es que las distintas regiones de España también buscan incentivos para su programa de promoción del empleo autónomo territorial.

Por lo general, todas ellas se pueden consultar y solicitar desde la Sede Electrónica correspondiente.

Es importante tener en cuenta que, dado que son ayudas autonómicas, suelen tener plazos muy limitados. Por eso es importante consultar la información cada cierto tiempo y estar atentos a las nuevas prestaciones disponibles. 

Cuota cero (Madrid, Andalucía, Murcia, Baleares y La Rioja)

Si vas a empezar a trabajar como autónomo en una de las comunidades autónomas mencionadas, esto te interesa. 

De qué se trata

Consiste en una subvención del 100% de las cotizaciones de la Seguridad Social durante el primer año desde el inicio de la actividad para nuevos autónomos en las comunidades autónomas de Madrid, Andalucía, Murcia, Baleares y La Rioja. 

Beneficiarios 

Podrán beneficiarse de esta ayuda todos los trabajadores que se den de alta como autónomos, aunque su duración será de tan solo 12 meses. 

Requisitos

Para solicitar esta subvención, tan solo debes cumplir un requisito. No haber trabajado en el régimen de autónomos en los últimos dos años. También se podrán beneficiar de esta ayuda las mujeres autónomas que tengan derecho a la cotización reducida por haber cesado su actividad laboral por nacimiento o adopción. 

Quienes tengan ingresos anuales inferiores o iguales al salario mínimo interprofesional (SMI), cuenten con una discapacidad del 33% (o superior) o hayan sido víctimas de violencia de género o terrorismo, podrán solicitar una prórroga de doce meses adicionales. 

Cuantías

La ayuda subvenciona el 100% de la cuota de autónomos. 

Ayudas para nuevos autónomos en Andalucía

Para tener en cuenta las subvenciones autonómicas, lo mejor es estar al tanto de las novedades de tu Comunidad, dado que suelen tener plazos limitados y cambian continuamente. 

Actualmente, en Andalucía hay dos ayudas para trabajadores autónomos nuevos que resultan interesantes: 

  1. Vida extra. Esta ayuda ofrece una cuota reducida durante un año para nuevos autónomos, que se puede prolongar durante otros doce meses. 
  2. Ayuda para el inicio de actividad. De esta subvención hablamos con más detalles a continuación. 

De qué se trata

La ayuda al inicio de actividad para personas trabajadoras autónomas es una ayuda que se convoca, habitualmente, de forma anual en la Comunidad. No obstante, el último plazo abierto daba como finalizado el periodo de solicitud hasta el 30 de septiembre de 2022 o hasta agotar el presupuesto. 

Se trata de una subvención de entre 5.000 y 3.800 €, según las condiciones del solicitante. 

Beneficiarios 

Pueden beneficiarse de esta ayuda todas las personas beneficiarias de la cuota reducida previamente mencionada y la mantengan a fecha de solicitud con una antigüedad de entre 1 a 3 meses en el momento de la solicitud. 

Se excluye a las personas inscritas en garantía juvenil. 

Cuantías

Las cuantías se establecen de la siguiente forma: 

  • Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años: 5.000 €
  • Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años: 5.000 €
  • Mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más: 3.800 €
  • Hombres trabajadores autónomos de 30 años o más: 3.800 €

Ayuda para nuevos autónomos de Extremadura

La ayuda para Extremadura tiene plazo de vigencia hasta el 14 de febrero de 2024. Así que, si estás a tiempo, puedes beneficiarte de una subvención de hasta 10.000 € para nuevos autónomos. 

De qué se trata

Se trata de una ayuda destinada a personas desempleadas de  Extremadura que inicien una actividad empresarial como trabajador por cuenta propia. Por supuesto, esta debe quedar encuadrada en el RETA. 

Beneficiarios 

Los destinatarios de esta subvención son personas empadronadas en Extremadura que se encuentren en situación de desempleo y se establezcan como trabajadores autónomos. 

Requisitos

Los requisitos para poder solicitar esta ayuda son los siguientes: 

  • Tener dieciocho años y estar en situación de desempleo antes de darse de alta como autónomo.
  • Desarrollar tu actividad económica en Extremadura. 
  • No realizas actividades agrícolas, ganaderas o forestales. 
  • No has sido beneficiario o causante de estas ayudas en los tres años anteriores a tu fecha en RETA.
  • No has ejercido una actividad económica por cuenta propia en los seis meses anteriores a la solicitud de esta subvención. 
  • El alta autónomo en RETA no ha sucedido como consecuencia a una condición de socio, consejero o administrador de una sociedad mercantil, limitada, anónima, cooperativa de trabajo asociado, sociedad civil o sociedad laboral. 

Además, al recibir esta ayuda te comprometes a mantenerte de forma ininterrumpida en situación de alta en RETA. También deberás pasar actuaciones de comprobación y control de ayuda ordenadas por los órganos competentes, si así se solicitase. 

Cuantías

La cuantía, que se determinará en función de la situación del solicitante, irá desde los 5.000 € hasta los 10.000 €. 

Ayuda a nuevos autónomos en Madrid

En Madrid, estas ayudas se ofrecen a los nuevos autónomos de forma ilimitada. Es decir, no hay un plazo limitado para solicitarlas. Así que, además de la cuota cero, puedes beneficiarte de esta subvención si vas a empezar a trabajar por cuenta propia. 

De qué se trata

Se trata de una ayuda de entre 750 € y 3.080 € para personas en situación de desempleo que deseen emprender. Esta subvención debe destinarse a cubrir gastos justificados en conformidad con los costes subvencionables que recoge la normativa. 

Beneficiarios 

Pueden pedir esta ayuda las personas físicas desempleadas que se den de alta como trabajadores por cuenta propia en el régimen que corresponda o en la mutualidad de un colegio profesional.

Se incluyen quienes cumplan el punto anterior y sean miembros de sociedades civiles o de comunidades de bienes. También los de sociedades mercantiles, siempre y cuando no pertenezcan al órgano administrador de la misma. 

Lo mismo sucede con aquellos autónomos que sean socios trabajadores o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales. 

Requisitos

Para poder solicitar esta ayuda debes cumplir estas condiciones: 

  1. Estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. 
  2. Realizar tu actividad en la Comunidad de Madrid. 
  3. Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en Madrid a fecha de tu alta como trabajador por cuenta propia. 
  4. Darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. 
  5. No haber realizado esa misma actividad en los seis meses anteriores a la fecha del alta. 
  6. Cumplir el mantenimiento del alta durante al menos dos años. 
  7. Debes justificar los pagos subvencionados. Solo serán válidos como medios de pago la transferencia y la tarjeta bancaria. 

Cuantías

La cuantía de la subvención será del 80% de los gastos justificados. El máximo o mínimo que se puede solicitar dependerá de las condiciones del trabajador. 

BeneficiarioImporte máximoImporte mínimo
Trabajador por cuenta propia con carácter general2.500 €750 €
Trabajadores que cumplan con requisitos especiales*3.080 €750 €

*Jóvenes autónomos menores de 35 años, mujeres desempleadas, desempleados mayores de 45 años, parados de larga duración (inscritos como demandantes de empleo durante, al menos, doce de los dieciocho meses anteriores), víctimas de violencia de género o terrorismo y personas con discapacidad igual o superior al 33%. 

Para atender a gastos en inmovilizado, material e inmaterial, la cuantía máxima se podrá incrementar en 1.500 €.

Ayuda a nuevos autónomos en Galicia

Además de una ayuda específica para retornados a la Comunidad de Galicia, la Xunta ha lanzado la subvención Xempre autónomo, cuyo plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el 29 de septiembre de 2023. 

De qué se trata

Consiste en una ayuda económica para personas desempleadas que planeen desarrollar una actividad empresarial o profesional como trabajador autónomo en Galicia. La subvención se debe destinar a hacer frente a los gastos generados por el inicio de la actividad. 

Beneficiarios 

Se podrán beneficiar de esta ayuda las personas que causen alta definitiva en el RETA o en cualquier otro régimen especial por cuenta propia en la Seguridad Social o en mutualidad de colegio profesional entre el 1 de octubre de 2022 y el 29 de septiembre de 2023. 

Cuantías

La cuantía variará entre los 2.000 € y los 10.000 €, teniendo en cuenta la situación del solicitante. 

Las personas desempleadas, en general, optarán por una ayuda de 2.000 €. 

La ayuda ascenderá a 4.000 € para las personas desempleadas que cumplan alguno de estos requisitos: 

  • Tener menos de 30 años. 
  • Ser desempleado de larga duración. 
  • Tener una discapacidad o estar en situación de dependencia. 
  • Estar en riesgo o situación de exclusión social. 
  • Tener más de 55 años. 

En caso de que cumplas con los siguientes requisitos, la subvención puede aumentar en un 25%. 

  • Ser mujer. 
  • Que tu centro de trabajo se ubique en un ayuntamiento rural. 
  • Ser mayor de 45 años (y menor de 55 años). 
  • Ser una persona emigrante retornada o extranjera. 
  • Ser una persona trans. 
  • Ejercer un oficio o profesión en los que la mujer esté subrepresentada. 

Ayudas destinadas a nuevos autónomos en Murcia

Murcia, al igual que la Comunidad de Madrid, ofrece a sus residentes una ayuda de plazo continuo destinada al fomento del trabajo autónomo. Así que si vives en esta Comunidad Autónoma y quieres emprender, esto te interesa. 

De qué se trata

Se trata de una ayuda económica (de entre 6.000 € y 9.000 €) destinada a personas desempleadas que quieran establecerse como trabajadores por cuenta propia, realizando alguna actividad económica en jornada a tiempo completo. 

Beneficiarios 

Podrán solicitar esta ayuda, cumpliendo los requisitos que se mencionan a continuación, las siguientes personas que se encuentren en situación de desempleo y vayan a iniciar una actividad económica que curse alta en RETA en la Región de Murcia: 

  • Mujeres. 
  • Personas con discapacidad. 
  • Personas en situación de exclusión social. 
  • Hombres menores de 30 años y mayores de 44 años. 
  • Personas paradas de larga duración. 
  • Personas perceptoras del ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción. 
  • Mujeres víctimas de violencia de género o personas víctimas de terrorismo. 

Requisitos

Estos son los requisitos de esta subvención: 

  • Desarrollar la actividad económica y tener domicilio fiscal en la Región de Murcia. 
  • Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en la fecha inmediatamente anterior a la del alta en RETA. 
  • Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas a títulos personal o estarlo la sociedad civil profesional, la comunidad de bienes, la unidad económica carente de personalidad jurídica o la sociedad de carácter unipersonal de la que forme parte para realizar la actividad que motiva la subvención. 
  • Estar dado de alta en RETA al momento de la solicitud. 
  • No haber estado dado de alta en RETA los doce meses anteriores a la fecha de efectos del alta. 
  • Justificar las inversiones en activos de inmovilizado material o intangible que sean necesarios y estén directamente relacionados con la actividad laboral que se va a iniciar. El importe no debe ser inferior a 2.500 €, excluyendo el IVA. 

Al recibir la subvención, te comprometes a mantener la actividad económica que la motiva durante al menos dos años. 

Cuantías

La cuantía máxima a recibir variará en función del perfil del solicitante. 

Importe máximoCondiciones
7.000 €Todas las mujeres, en general.
9.000 €Tener una discapacidad. Estar en riesgo de exclusión social, ser víctima de terrorismo o ser perceptora del ingreso mínimo vital o renta mínima de inserción. Tener entre 45 y 54 años y ser parada de larga duración. Tener más de 55 años. 
Para Mujeres
Importe máximoCondiciones
6.000 €Ser menor de 30 años. Tener entre 45 y 54 años. Tener entre 30 y 44 años y ser parado de larga duración. 
8.000 €Tener una discapacidad. Encontrarse en riesgo de exclusión social, ser víctima de terrorismo o ser perceptor del ingreso mínimo vital o renta mínima de la inserción. Tener entre 45 y 54 años y ser parado de larga duración. Tener más de 55 años. 
Para hombres

En caso de ser víctima de violencia de género, la subvención se incrementa en un 10%. 

Ayuda enfocada a nuevos autónomos en Cuenca, Soria y Teruel

En octubre de 2022, se aprobó una ayuda estatal del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para beneficiar a los autónomos de estas tres provincias. Sí, es una ayuda estatal, no autonómica, pero solo pueden solicitarla quienes realicen su actividad laboral en Cuenca, Soria o Teruel.

La ayuda consiste en una cuota reducida de 80 € mensuales durante los tres primeros años de actividad. Podrán solicitarla aquellos trabajadores por cuenta propia que cursen su alta en RETA en estas provincias. 

Ayuda a nuevos autónomos en Vizcaya que constituyan una empresa

Acabamos con esta ayuda ideada para la puesta en marcha de nuevas empresas. El plazo de la misma comenzó el 1 de octubre de 2022 y acaba el 28 de julio de 2023. 

De qué se trata

Es una ayuda económica que busca cubrir los gastos de poner en marcha y mantener en funcionamiento una empresa (sea cual sea su forma jurídica) durante el primer año de actividad. 

Beneficiarios 

Pueden solicitar esta subvención las empresas o los empresarios y empresarias individuales y profesionales, así como las comunidades de bienes y sociedades civiles en el Territorio Histórico de Bizkaia. 

Requisitos

Para acceder a esta ayuda, tu empresa debe cumplir estos requisitos: 

  • Tener domicilio fiscal y social en el Territorio Histórico de Bizkaia. El centro de trabajo también debe encontrarse en este territorio. 
  • Haber dado de alta la empresa en actividades económicas en la Hacienda Foral de Bizkaia entre el 1 de octubre de 2022 y el 28 de julio de 2023. 
  • La actividad económica en la que se haya cursado el alta debe estar directamente relacionada con el plan de negocio presentado para la subvención. 
  • Al menos, una de las personas adquirentes de la entidad beneficiaria debe cumplir los siguientes requisitos: 
    1. Ser residente en Bizkaia con una antigüedad mínima de tres meses ininterrumpidos e inmediatamente anteriores al alta de la empresa en IAE. 
    2. Acreditar desempleo, mejora de empleo (cuando el contrato de trabajo no supere el 40% de la jornada laboral establecida por convenio), estar afectada por un ERTE o ERE o haber estado realizando prácticas no laborales en el momento anterior al alta de la empresa. 
    3. Haberse dado de alta en el régimen especial de autónomos o mutualidad equivalente entre el 1 de octubre de 2022 y el 28 de julio de 2023. 
    4. Haber realizado la formación y asesoramiento individualizado con DEMA Empresa Garapena de Barakaldo en el mismo periodo que el resto de requisitos. 

Cuantías 

La cuantía de la subvención será de 5.000 € por entidad beneficiaria. Aunque puede incrementarse en 2.000 € por cada persona socia o promotora que no haya realizado el curso de formación y asesoramiento, pero que sí cumpla el resto de requisitos mencionados (máximo 5 personas). 

La subvención máxima se establece en 15.000 € por entidad beneficiaria. 

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